PANEL

Garantía de la Libertad de Expresión Religiosa en el Sistema de Derechos Humanos 

DRA. MARÍA ESPERANZA ADRIANZEN OLIVOS

Directora de Asuntos Interconfesionales de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la República del Perú.

“La Libertad Religiosa, recordemos, es el primer derecho humano reconocido. Garantizarla es deber del Estado, pero sólo es eficaz en Estados democráticos de Derecho.”

DRA. ANDREA PAULA DE VITA

Directora de la Dirección de Asuntos Religiosos del Círculo de Legisladores de la Nación del Congreso de la Nación Argentina.

“Libertad de Expresión obviamente no es libertad para ofender, pero puede ser libertad para expresar opiniones o pensamientos que pueden ser considerados ofensivos por terceros, y que no puedan rechazarse en una sociedad plural.”

MTRO. JORGE LEE GALINDO

Director General adjunto de Registro, Certificación y Normatividad de la Secretaría de Gobernación.

“… Debemos saber que nuestra Libertad de Expresión tiene ciertos encuadres, yo no puedo abusar de nuestra Libertad de Expresión insultando a mi vecina, o en un púlpito denostando a otros grupos que no creen como yo; eso es muy importante, porque los Ministros lo tienen que entender.” 

DRA. DENISE LINDBERG

Senior Fellow del Centro Internacional de Estudios de Derecho y Religión de la Facultad de Derecho de la Universidad Brigham Young.

“La libertad de conciencia o creencia florece cuando el gobierno actúa para proteger esos derechos, y la sociedad funciona mejor cuando esos derechos son realmente protegidos.”

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