PANEL
Panorama Actual de la Libertad de Expresión en los Países Americanos dentro del Contexto Religioso
DR. CHARLES SCHULTZ
Presidente de la Red Interreligiosa, Red Transforma Colombia, Bogotá DC
“[Ley Estatutaria]… miren ustedes lo que significa el Derecho de Expresión: cómo plasmamos nuestras experiencias, nuestras concepciones intelectuales en forma literaria, artística, científica o de cualquier naturaleza que me permita darla a conocer y difundirla siempre en un marco de respeto de los derechos y garantía de las demás personas.”
DR. EFRÉN CHÁVEZ
Académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México
“La sana convivencia en la sociedad requiere respeto mutuo entre las partes [Estado y sociedad], la tolerancia implica el respeto a la opinión de los otros”.
DR. CARLOS PÉREZ CUEVAS
Académico Investigador por la Universidad Panamericana
“Yo diría entonces, que el orden es: protección del Derecho Humano Fundamental a que somos seres humanos, y luego el derecho particular en cuanto expresamos una religión y que además no puede haber derecho a la Libertad Religiosa sin otros derechos; es como el concepto de la Vida, si no hay vida no hablemos de derechos, punto”.
DR. GABRIEL GONZÁLEZ MERLANO
Director del Departamento de Investigación de la Facultad de Teología del Uruguay
“Hay que exigir que en una materia tan sensible como la Libertad Religiosa y de creencias, el Estado y los organismos regionales e internacionales, permanezcan en una posición ideológicamente neutral o imparcial.”
DR. JAVIER SALDAÑA SERRANO
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México
“Sostengo que el Tribunal está limitando la Libertad de Expresión de unas personas que son Ministros de Culto pero que no están restringiendo el Derecho de Libertad Religiosa ni de Expresión Religiosa, por no haber un ataque directo al ideario religioso de ninguna Asociación Religiosa”.
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